Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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Legislatura: 1887 (Cortes de 1886 a 1890)
Sesión: 4 de febrero de 1887
Cámara: Congreso de los diputados
Discurso / Réplica: Réplica al Sr. Rodríguez San Pedro
Número y páginas del Diario de Sesiones: 20, 485
Tema: Arriendo del monopolio de la fabricación y venta de tabaco

Por deferencia al Sr. Rodríguez San Pedro, voy a contestar en breves palabras a las indicaciones que ha dirigido, más que a la Comisión, al Gobierno; que de otra manera no vendría yo a intervenir ahora en este debate.

Tendría razón S.S. al hacer la indicación que ha escuchado la Cámara, si se tratase de establecer el cultivo libre del tabaco; pero no es ese el pensamiento del Gobierno, ni el que se consigna en el dictamen de la Comisión. El pensamiento del Gobierno consiste, en ver si se puede conciliar en España la conservación y aún el fomento de la renta de tabacos con el fomento de la agricultura, como se ha conseguido hacerlo en Francia, subsistiendo, sin embargo, el monopolio.

Y para ver si esto es posible, para conciliar esos dos grandes elementos de riqueza y de bienestar del país, esto es, el ingreso del Tesoro por la renta de tabacos y el fomento de la agricultura, que bien ha menester de este auxilio y de otros de distinta clase, para esto es para lo que se autoriza al Ministro de Hacienda. ¿Hasta dónde llegará en el uso de esta autorización? Pues llegará hasta fomentar cuanto humanamente pueda la agricultura, de manera que no se resienta, que no disminuya, que no se quebrante de un modo ligero e imprudente la renta de tabacos. ¿Cómo se hará esto? Yo no he de decirlo ahora, porque se trata ya de detalles en que ha de entrar oportunamente la Administración, y que resolverá el Gobierno, porque no se pueden discutir de antemano. Pero de todas suertes, yo aseguro a S.S. que el cultivo del tabaco en la Península, se llevará tan allá como lo permita el mantenimiento y aún la sucesiva mejora de la renta. Y se verificará como se ha hecho en otras partes, porque para eso servirá el estudio que ha de hacer el Gobierno del asunto, la reglamentación a que lo someta, y todo lo demás que es indispensable hacer para conciliar, para armonizar dos grandes elementos de la riqueza pública.

Y en este estado del debate, yo no puedo decir más al Sr. Rodríguez San Pedro, porque S.S. ha de reconocer, sin duda alguna, que todas las explicaciones que pide son debidas a una suspicacia patriótica que yo no repruebo en S.S., antes al contrario, la encuentro muy natural en todos los Sres. Diputados; pero a pesar de lo cual S.S., que es hombre práctico, debe comprender las exigencias que el Gobierno lleva consigo y las dificultades que ha de encontrar para exponer de antemano los medios que necesita emplear para conseguir la conciliación de intereses que a primera vista parecen inconciliables, pero que en el fondo y en el proyecto de la Comisión, conciliados están. Y si comprende S.S. todo esto, y sabe que es meramente práctico, que es cuestión de gobierno, ¿cómo lo vamos a discutir aquí, entrando en el examen de verdaderas menudencias, y en detalles que sólo pueden apreciar los que por deber especial hacen un estudio detenido de la cuestión al llevarla a la práctica y se valen de la experiencia de otros países, y de otras muchas circunstancias que nosotros no tenemos ahora a mano?

Se trata realmente de una autorización que se da al Sr. Ministro de Hacienda. Y el Gobierno acepta, primero la base tal como está en el dictamen, y después acepta también las explicaciones que acaba de oír S.S. de labios de la Comisión. El Sr. Ministro de Hacienda verá cómo hacer uso de esa autorización. ¿Es que la emplea mal, y la lleva más allá de lo conveniente a la renta y al fomento de la agricultura? Pues en su día adquirirá la responsabilidad consiguiente. Entre tanto, no se pueden atar las manos del Sr. Ministro de Hacienda, sin exponerse a grandes peligros y quebrantos.

Yo desearía que le pareciesen bastantes al Sr. Rodríguez San Pedro estas explicaciones; y crea su señoría que lo único que se propone la base es conseguir el fomento de la agricultura hasta donde sea posible sin detrimento de la renta de tabacos, y sin quebranto para el Tesoro nacional y para los presupuestos. [485]



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